El Gobierno Nacional, dentro de la campaña anti tramites expidió el Decreto 090 de 18 de enero de 2018, el cual reduce la cantidad de personas jurídicas obligadas a cumplir con el Registro Nacional de Base de Datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Lo anterior como consecuencia de que aproximadamente el veinticinco por ciento (25%) del total de personas jurídicas y menos del uno por ciento (1%) de personas naturales han realizado la inscripción de sus bases de datos.
Entonces, de acuerdo al decreto antes mencionado, quienes están exentos de realizar el registro de bases de datos son las empresas y entidades sin ánimo de lucro, catalogadas como micro y pequeñas empresas, así como las personas naturales, que tengan activos menores a $ 3 mil 316 millones .
Es de anotar que a pesar de que este tipo de empresas no se encuentran obligadas a realizar el Registro de base de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio, aún están obligadas a cumplir con los parámetros de la ley de protección de datos personales, ley 1581 de 2012 referentes a la política de tratamiento de datos personales al interior de la empresa; a los procedimientos establecidos para solicitar y autorizar el tratamiento de datos personales; a los acuerdos de confidencialidad establecidos con cualquier personal que tenga acceso a la información confidencial, y tener visible la política de privacidad por medios electrónicos.