Por medio de la Resolución 000037 de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) realizó cambios correspondientes al calendario. para implementar el soporte de pago de nómina electrónica, que busca promover y establecer su uso a todos los contribuyentes que vinculen su personal por una relación laboral, legal o reglamentaria y pagos a pensionados a cargo, siendo un sistema que permite introducir la modernidad al sector empresarial, implementando procesos mecánicos y digitales, que permitirán mejorar la calidad de información, generando del mismo modo diversos beneficios.
Por lo anterior, es pertinente mencionar que la nómina electrónica es aquel documento digital que presenta el empleador, donde se reporta todos los pagos respectivos a la nómina de sus empleados, el cual se debe de enviar mensualmente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para su revisión y verificación.
El objetivo principal de la nómina electrónica que se iniciará a implementar, a partir del mes de octubre hasta diciembre del presente año, es generar un mayor control sobre la evasión y la elusión tributaria. No obstante, surgen diversos beneficios para los contribuyentes, como lo son las declaraciones sugeridas y la devolución de impuestos, los cuales se derivan del pago de nómina.
Así mismo, a través de la Resolución 000037 de 2021 se incorporaron modificaciones a las funcionalidades del sistema de factura electrónica, para la implementación de los anexos técnicos de las Resoluciones 000012, 000013 y 000015 de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), generando un mayor plazo, de la siguiente manera.
En primer lugar, se realizó modificación a la fecha de disponibilidad del sistema de factura electrónica para quien deba de expedirlo, que se encontrara funcionando a más tardar el primero (1) de agosto de 2021, para realizar la habilitación, generación, trasmisión, validación, expedición, entrega y registro de los anexos técnicos que se deben de entregar por parte del contribuyente.
Por otra parte, se amplió el plazo máximo para generar la implementación del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica, del mismo modo se realizó una reducción correspondiente a los grupos, abarcándolos actualmente en cuatro (4) grupos, de la siguiente manera:
- El primer grupo se compone en relación con el número de empleados superior a 250, teniendo como fecha máxima el 01 de septiembre de 2021.
- El segundo grupo se compone en relación con el número de empleados desde 101 hasta 250, teniendo como fecha máxima el 01 de octubre de 2021.
- El tercer grupo se compone en relación con el número de empleados desde 11 hasta 100, teniendo como fecha máxima el 01 de octubre de 2021.
- El cuarto grupo se compone en relación con el número de empleados desde 1 hasta 10 teniendo como fecha máxima el 01 de octubre de 2021.
Conforme a las modificaciones realizadas al calendario para la implementación del pago de nómina electrónica, es importante resaltar el compromiso social, que se tiene por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en la reactivación económica por parte del sector empresarial, brindando un mayor plazo, con el fin de que se genere una adaptabilidad a la nueva regulación que se implementara.
Autor: Paula Andrea Florez . – Abogada Consultante