De acuerdo al Decreto 090 de 18 de enero de 2018, quienes continúan con el deber de registrar sus bases de datos, son las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100 mil Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, $ 3 mil 316 millones. También deben hacerlo todas las entidades públicas.
Es entonces que los plazos para estas entidades que deben realizar el registro de bases de datos son los siguientes:
Al 30 de septiembre de 2018: sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos por más de $20.225.160 millones.
Al 30 de noviembre de 2018: sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a $ 3 mil 316 millones y hasta $ 20 mil 225 millones.
Al 31 de enero de 2019: todas las entidades públicas.
El registro de la base de datos, se realiza por medio de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio.