En toda relación comercial en donde intervienen productores, comercializadores, proveedores o vendedores y consumidores existen reglas mínimas sobre qué son aplicables a las compraventas de productos y servicios, las cuales se encuentran reguladas por el estatuto del consumidor y lineamientos específicos sectores económicos especiales.
Dentro de estas normas del consumidor se encuentra el “derecho de retracto”, que se conoce como la facultad de terminar el contrato que se haya suscrito con el proveedor o comercializador y que se devuelva tanto los bienes adquiridos al vendedor y el valor pagado al comprador.
DERECHO DE RETRACTO EN PASAJES AÉREOS
Para el caso de las compras de pasajes aéreos, el “derecho de retracto” funciona conforme a las directrices generales del Estatuto del Consumidor en su articulo 47, el cual indica que se podrá ejercer el derecho de retracto dentro de los 5 días siguientes a la fecha de la compra del tiquete aéreo, y la aerolínea deberá realizar el procedimiento de retracto dentro de los 30 días calendario siguiente a la fecha de la recepción del retracto.
Sin embargo, este proceso de retracto puede cambiar en el sentido en que anteriormente se aplicaba lo dispuesto por el Reglamento Aeronáutico de Colombia (RAC),que brindaba un término de 48 horas contados luego de la compra del tiquete para solicitar el retracto, inclusive descontándole un porcentaje de hasta un 10% sobre el valor comprado. No obstante, estas disposiciones se encuentran suspendidas por el Consejo de Estado y se espera una decisión final sobre la aplicación del retracto.
DERECHO DE RETRACTO EN COMPRAS ONLINE
Ahora, conforme a la evolución del mercado y que cada vez hay más tiendas virtuales o plataformas mediante las cuales se realizan compras de productos y servicios por medios digitales, los mismos también tienen una regulación, lineamientos, derechos y obligaciones para con el consumidor digital. Una de ellas es el “derecho de retracto”, el cual también es aplicable a las compras realizadas por internet
Este estatuto nos indica que todo contrato de venta de bienes y/o servicios realizado por cualquier medio de venta tradición o no tradicional o a distancia (internet, catálogo, llamada) llevará implícita la obligación de retracto, que operará dentro de los 5 días hábiles siguientes a partir de la entrega del bien o celebración del contrato de prestación de servicios, tiempo en el cual el comprador o consumidor deberá devolver el producto por los mismos medios y condiciones en el cual lo recibió. No obstante, hay que tener en cuenta que los gastos de la devolución corren a cargo del comprador o consumidor. Una vez el vendedor o proveedor reciba la comunicación del retracto y los bienes respectivos del cual se retractó el comprador, se deberá devolver el dinero que se pagó por dichos bienes sin que se pueda descontar o retener concepto por ejercer el retracto. El vendedor tendrá 30 días calendario para retornar los dineros.