VISAS COLOMBIANAS
De acuerdo con la resolución No. 6045 del 2 de agosto de 2017 expedida por el ministerio de relaciones exteriores de Colombia, por la cual se dictan las disposiciones en materia de visas y deroga la Resolución 5512 del 4 de septiembre de 2015, en la jurisdicción colombiana es necesario ser portador de una Visa para que un extranjero pueda entrar al país, ya sea por turismo, negocios, o para establecerse en el país, es por esto que la cancillería de Colombia ha creado las siguientes categorías de visado:
Visa de visitante (tipo V): prevista para el extranjero que quiera visitar Colombia una o varias veces o permanecer temporalmente en el país sin establecerse de manera permanente.
Visa de Residente (tipo R): para quienes aspiren establecerse o fijar su domicilio permanente en Colombia.
Visa de Migrante (tipo M): para el extranjero que desee ingresar o permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple con las condiciones para solicitar visa tipo “R”.
Ahora bien, para el caso que se nos pone de presente, que es el de trabajar en el país, se considera que se debe solicitar una visa de migrante (Tipo M) o una visa de visitante (Tipo V) dependiendo de la duración del contrato de trabajo y la estadía en el país. Siendo la primera para un contrato de trabajo de larga duración.
Existen dos tipos de visa de migrante (Tipo M) las cuales se diferencian por el tipo de labor que se pretende hacer en el país, ya sea para ser para Trabajador (de una empresa) o para trabajar ejerciendo profesión o actividad independiente.
VISA TIPO M (TRABAJADOR)
Para este tipo de visa, podrá aplicar el extranjero contratado por una empresa o para ejercer un cargo que denominamos fijo o de larga duración, ya que esta visa prevé la vinculación de personal de manera constante.
El tipo de visa M (TRABAJADOR) suele ser a término indefinido o en su defecto para un periodo fijo no menor a un año tienen posibilidad de renovación por periodos iguales. Esta vida tendrá vigencia de tres años. Cuando la duración del contrato sea menor a tres años, la visa tipo M podrá tener vigencia inferior.
REQUISITOS
REQUISITOS COMUNES PARA LA SOLICITUD DE VISAS
• Aportar copia de la página principal (datos biográficos) del pasaporte o documento de viaje.
• Si solicita su visa en Colombia deberá demostrar que se encuentra en situación migratoria regular y presentar último sello de ingreso, de salida o salvoconducto según el caso.
• Si solicita su visa en un consulado de Colombia en el exterior deberá presentar copia del documento que demuestra su permanencia regular en ese país.
REQUISITOS ESPECÍFICOS VISA TIPO M (TRABAJADOR)
• Presentar diligenciado el formato resumen de contrato.
Nota: La autoridad de visa podrá exigir la presentación del contrato original cuando la información registrada en el formato resumen de contrato no sea suficiente, presente inconsistencia o requiera aclaración.
• Carta de motivación del empleador.
• Extractos bancarios del empleador correspondientes a los seis meses previos a la solicitud. Cuando el empleador sea una persona jurídica deberá demostrar ingresos promedio mensuales de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes. En caso de persona natural, deberá demostrar ingresos promedio mensuales de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
VISA TIPO M (EJERCER PROFESIÓN O ACTIVIDAD INDEPENDIENTE)
A esta visa podrá aplicar el extranjero interesado en ejercer su profesión o desarrollar actividades profesionales de manera independiente en el territorio colombiano, Este tipo de visa tendrá una vigencia de 3 (tres) años. A este tipo de visa pueden aplicar los profesionales de profesiones reguladas, los cuales deberán acreditar el permiso correspondiente, licencia o permiso provisional para desempeñar en Colombia la profesión respectiva, otorgado por la autoridad competente. También pueden aplicar a este tipo de visa, los profesionales de una profesión no regulada, los cuales deberán aportar el título profesional debidamente convalidado ante el Ministerio de Educación.
REQUISITOS
REQUISITOS COMUNES PARA LA SOLICITUD DE VISAS
• Aportar copia de la página principal (datos biográficos) del pasaporte o documento de viaje.
• Si solicita su visa en Colombia deberá demostrar que se encuentra en situación migratoria regular y presentar último sello de ingreso, de salida o salvoconducto según el caso.
• Si solicita su visa en un consulado de Colombia en el exterior deberá presentar copia del documento que demuestra su permanencia regular en ese país.
REQUISITOS ESPECÍFICOS VISA TIPO M (EJERCER PROFESIÓN O ACTIVIDAD INDEPENDIENTE)
• Carta de solicitud.
• Al menos tres certificados de experiencia en el oficio o profesión correspondiente.
• Extractos bancarios personales de los seis (6) meses previos a la solicitud. Deberá acreditar ingresos promedio de al menos diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
• Para profesiones reguladas: licencia o permiso provisional para desempeñar en Colombia la profesión respectiva.
• Para profesiones no reguladas: título profesional debidamente convalidado ante el Ministerio de Educación.
VISA TIPO V (PRESTADOR DE SERVICIOS TEMPORALES)
Para este tipo de visa, pueden optar trabajadores con contratos temporales, ocasionales o de corta duración que sean vinculados o contratados por persona natural o jurídica domiciliada en Colombia y aquellos que sin tener vínculo contractual en Colombia son necesarios para prestar asistencia técnica especializada. Esta visa se podrá otorgar la visa hasta de 2 años tomando en cuenta la actividad que se propone el extranjero en Colombia.
REQUISITOS
REQUISITOS COMUNES PARA LA SOLICITUD DE VISAS
• Aportar copia de la página principal (datos biográficos) del pasaporte o documento de viaje.
• Si solicita su visa en Colombia deberá demostrar que se encuentra en situación migratoria regular y presentar último sello de ingreso, de salida o salvoconducto según el caso.
• Si solicita su visa en un consulado de Colombia en el exterior deberá presentar copia del documento que demuestra su permanencia regular en ese país.
REQUISITOS ESPECÍFICO PARA LA VISA TIPO V (PRESTADOR DE SERVICIOS TEMPORALES)
• Presentar diligenciado el formato resumen de contrato, o el contrato original cuando así lo exija la cancillería o el consulado específico.
Y A TODAS ESTAS ¿QUÉ ES LA CÉDULA DE EXTRANJERÍA?
De acuerdo con el artículo 33 del decreto 834 del 24 de abril de 2013, expedido por el ministerio de relaciones exteriores de Colombia, por el cual se establecen disposiciones en materia migratoria de la república de Colombia; la Cédula de Extranjería cumple única y exclusivamente fines de identificación de los extranjeros en el territorio nacional y su utilización deberá estar acorde con la visa otorgada al extranjero.
Para solicitar una Cédula de Extranjería en Colombia es necesario y de carácter obligatorio primero gestionar una Visa para Colombia Temporal o Permanente superior en su vigencia a tres meses (3), además el extranjero que pretenda solicitar la cédula de extranjería deberá inscribirse o actualizar su información en el Registro de Extranjeros dentro de los 15 días calendario siguientes, contados a partir de su ingreso al país o de la fecha de expedición de la Visa si ésta se obtuvo dentro del territorio nacional y deberá tramitar la cédula de extranjería al momento de efectuar dicho registro.
REQUISITOS
• pasaporte original
• visa colombiana temporal o permanente superior a tres meses