¿Es necesario demostrar los atributos de un producto antes de publicitarlo?

¿Es necesario demostrar los atributos de un producto antes de publicitarlo?

La publicidad engañosa se refiere a la publicidad que utilizan algunas empresas mediante algún medio de comunicación en el que se anuncia información sin fundamento alguno y falta de veracidad con el objetivo de llevar a sus consumidores y posibles clientes a pensar que su marca, producto u otros derivados de esta tiene características superiores por sobre la competencia.
Teniendo en cuenta esta situación que es más común de lo que parece en el 2011 se creó la ley 1480 o el estatuto del consumidor, con el objetivo de darle protección a los consumidores, para evitar todo tipo de estas situaciones que puedan perjudicar al consumidor y sancionar a las empresas que incurran en esta práctica de acuerdo a la cantidad de consumidores afectados, así como indemnizar por perjucios causados.

En un caso concreto podemos mencionar la multa impuesta a «Procter & Gamble» el pasado 4 de abril de 2018, tras una investigación por parte de la Super Intendencia de Industria y Comercio, se determinó que mediante campañas publicitarias de su producto «Head & Shoulders» le atribuían beneficios y características como lo «100% libre de caspa de por vida» y «nutrición profunda», dándoles a los consumidores un mensaje que no se comprueban en los documentos de estudios científicos ni técnicos que se remitieron con anterioridad.

Observando más detenidamente la publicidad, específicamente en la parte donde hace mención que su producto otorga beneficios «…de por vida.» Esto siendo impreciso, resulta engañoso, pues asegura al usuario que sus efectos duraran toda la vida y con posterioridad en una nota, poco legible y de un tamaño muy reducido aclaran que los efectos del producto dependen de un uso regular y permanente del mismo. Por lo tanto, la superintendencia de industria y comercio resolvió mediante resolución No. 19991 de 2018 imponer una multa de 550 SMLMV.

Además, Manifiesta la superintendencia de industria y comercio que esta decisión se tomo para la protección de los consumidores colombianos quienes pueden verse afectados al momento de tomar una decisión de adquirir un producto frente a otro, cuando los anunciantes no suministran información clara precisa y suficiente sobre las propiedades y componentes de los productos. Para concluir, si es necesario demostrar con estudios rigurosos las calidades o atributos de un producto antes de publicitarlo, de no ser así se estaría haciendo publicidad engañosa.

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